miércoles, 17 de noviembre de 2010

00347-15.NACIONES UNIDAS: 01.Sahara Occidental: Historia

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02905 (07.05.2016 - 07.Sáhara Occidental-resumen anterior: La avaricia del nacionalismo sajarahui)


El TERRITORIO NO AUTONOMO de SAHUIA EL-HAMRA y RIO DE ORO, que fuera conocido como SAHARA ESPAÑOL y posteriormente como SAHARA OCCIDENTAL, respondiendo sus pobladores al nombre de SAHARAGÜIS, está siendo la presa propiciatoria del capital depredador.

En 1884 se constituye el Protectorado Español sobre el Sahara Occidental

En 1963 el Sahara Occidental se incluye en el listado de Territorios No Autónomos conforme el capítulo 11º de la Carta de la ONU, por lo que España, como Potencia Administradora, trasmite información sobre el territorio a la ONU, conforme artículo 73 de la Carta de la ONU.

En la Resolución 1514 de la Asamblea General de la ONU se determina el proceso de INDEPENDENCIA del Sahara Occidental

En 1975 se firma el ACUERDO DE MADRID, por el cual ESPAÑA traslada sus facultades y responsabilidades a una Administración Temporal, haciéndose cargo del territorio MARRUECOS y MAURITANIA, sin que en el acuerdo hubiese ni cesión de soberanía ni cesión de la condición de Potencia Administradora, por lo que se acepta por todas las partes que el Sahara Occidental es Territorio No Autónomo.

En 1976 España pone fin a su presencia como Potencia Administradora.

En 1979 Mauritania renuncia a sus responsabilidades. Marruecos administra sólo, pero NO ES Potencia Administradora, por lo que no trasmite información del territorio conforme lo hacía desde 1963 España y hasta 1976.

AHORA BIEN, el artículo 73 de la Carta de la ONU sobre PRINCIPIOS FUNDAMENTALES de los Territorios No Autónomos, OBLIGA A MARRUECOS, como administrador, a reconocer que el principio de los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, de modo que MARRUECOS, al hacerse cargo del territorio, ACEPTA como encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible el bienestar de los habitantes de esos territorios, por lo que debe trasmitir información a la ONU

Por otra parte son ILEGALES las actividades de exploración y explotación de recursos naturales, sin atender los intereses y deseos del pueblo propio del Territorio No Autónomo.

En 1988 Marruecos y el POLISARIO, bajo el amparo de la ONU, inician conversaciones.

Las posiciones actuales son: MARRUECOS quiere conceder una autonomía al territorio que ocupa militarmente desde 1976, mientras que el POLISARIO quiere un referéndum que incluya, entre otras opciones, la independencia.

En cuanto a la presencia de la ONU viene definida por MINURSO, única misión de la ONU que carece de un departamento de derechos humanos, principalmente por el rechazo a dicho departamento por parte de Marruecos y de Francia.

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