DOCUMENTO POSTERIOR: 01502 - 01620
I: LA CORRUPCIÓN ES UN DERECHO CONSTITUCIONAL
La
CORRUPCIÓN es un derecho constitucional, dice Cómodo Centón, y de tal modo
lo refleja la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA de 1978 en el titulo XI, cuyo artículo 170
dice que la corrupción es un derecho propio de la Administración del Estado, de
los Partidos Políticos y de las Centrales Sindicales, estableciendo el artículo
171 los tipos de corrupción tales como la corrupción por caudales, la de
informaciones reservadas y tráfico de influencias. Las medallas y menciones
honorificas se detallan en el artículo 172, destacando, entre otras, la medalla
de Fernando VII El Deseado al tráfico de influencias, la medalla Manuel Godoy a
la corrupción por caudales, y la medalla Banca Española a las informaciones
reservadas; entre las distinciones cabe citar que todo aquel "buen
corrupto" ha de ser premiado mediante elevación a otro cargo de mayor
cuantía económica y prestigio social.
Las CORRUPCIONES son buenas en
la medida que hacen posible que algunos "pobres" se conviertan en
ricos..., como en la lotería y juegos en general, donde la riqueza de unos pocos
se basa en la miseria de muchos.
PRIMERA ENMIENDA CONSTITUCIONAL:
modificar el artículo 170 de la Constitución Española, que queda a hora como
sigue... la corrupción es un derecho propio de la Administración del Estado, de
los Partidos Políticos, de las Centrales Sindicales y de la Carrera Judicial
II: LA CORRUPCIÓN SIEMPRE ES DEL OTRO
El PARTIDO POPULAR ha interesado que en el Parlamento de Andalucía se hable de los ERES por los que el PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL está procesado por la justicia; y el Partido Socialista Obrero Español se ha negado a mantener dicho parlamento.
El PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL ha interesado que en el Parlamento de España se hable de BÁRCENAS por los "papeles" que comprometen a Mariano Rajoy; y el PARTIDO POPULAR se ha negado a mantener dicho parlamento.
III: SEGUNDA ENMIENDA CONSTITUCIONAL
Se propone modificar el artículo 170 de la Constitución Española, que queda ahora como sigue... la corrupción es un derecho propio de la Administración del Estado, de los Partidos Políticos, de las Centrales Sindicales y de la Carrera Judicial, y siempre es del otro.
II: LA CORRUPCIÓN SIEMPRE ES DEL OTRO
El PARTIDO POPULAR ha interesado que en el Parlamento de Andalucía se hable de los ERES por los que el PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL está procesado por la justicia; y el Partido Socialista Obrero Español se ha negado a mantener dicho parlamento.
El PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL ha interesado que en el Parlamento de España se hable de BÁRCENAS por los "papeles" que comprometen a Mariano Rajoy; y el PARTIDO POPULAR se ha negado a mantener dicho parlamento.
III: SEGUNDA ENMIENDA CONSTITUCIONAL
Se propone modificar el artículo 170 de la Constitución Española, que queda ahora como sigue... la corrupción es un derecho propio de la Administración del Estado, de los Partidos Políticos, de las Centrales Sindicales y de la Carrera Judicial, y siempre es del otro.
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